domingo, 1 de febrero de 2009

Antecedentes de la transparencia en universidades públicas

"...debe reputarse a ésta como una entidad de carácter público responsable de brindar la información exigida constitucionalmente y, por tanto, pasible de ser demandada en un proceso de hábeas data..."
Sentencia del Tribunal Constitucional referida a una universidad pública
(Caso de la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa, año 2004)

El presente post es una continuación de dos anteriores (¿Cómo hacer de San Marcos una universidad más transparente? y ¿Cuánto cuesta hacer a San Marcos más transparente?) en los tocamos el tema de la transparencia en San Marcos. En esta oportunidad tocamos los antecedentes que existen al respecto.

Aquí dos casos en los que una universidad pública se ha visto en la situación (léase obligación) de brindar información solicitada por una persona. El primero trata de un caso donde intervino la Defensoría del Pueblo y el segundo nos refiere a una sentencia del Tribunal Constitucional.
1er Antecedente: Intervención de Defensoría del Pueblo

Este caso trata de una persona que solicitó copia de las actas de sesiones del Consejo de la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Nacional del Callao (UNAC). Pedido que fue negado por la universidad en mención. Posteriormente la Defensoria intervino y provocó la modificatoria de una resolución que prohibía la entrega de copias certificadas de las actas de dicha Facultad. Era el año de 1999.
Este antecedente, que registra la intervención de Defensoría a favor de la transparencia en una universidad pública (en este caso la UNAC), lo encuentras en el Informe Defensorial Nº 60, donde se tiene registrado dicho.
Aquí copiamos parte del informe donde se hace mención al respecto (Página 41 del Informe Defensorial Nº 60):

"3.4 Negativa de atención de solicitud de copias de actas de sesiones del Consejo de la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Nacional del Callao (UNAC).

El ciudadano Wilfredo Juárez Morales, con fecha 27 de abril de 1999, presentó una queja contra la UNAC (expediente Nº 3-99/DP-CA) por la negativa de entregarle copias certificadas de actas de sesiones del Consejo de la Facultad de Ciencias Administrativas. Al solicitarse información al respecto, la UNAC manifestó que la negación del pedido efectuado por el recurrente se amparaba en el artículo 2º de la Resolución del Consejo de Facultad Nº 110-99-CF-F-FCA, que establecía la prohibición de la entrega de copias certificadas de las actas de la Facultad.
Debido a las gestiones efectuadas por la Defensoría del Pueblo, la citada Universidad, mediante Resolución del Consejo de Facultad Nº 157-99-CF-FCA modificó el artículo 2º de la resolución acotada, en lo que respecta a la prohibición de entrega de copia certificada de las actas del Consejo de Facultad".
2do Antecedente: Jurisprudencia, sentencia del Tribunal Constitucional
Este caso nos refiere directamente a una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) a favor de la demanda de hábeas data hecha por Zaida Mabel Cáceres Calderón, periodista, contra la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa.
Mabel Cáceres, periodista, solicita información a esta universidad, llegando incluso a mandarle cartas al mismo rector. Éste responde argumentando que antes de entregar la información solicitada, la periodista debía cancelar los costos de reproducción establecidos en el TUPA. La periodista vuelve a escribir a dicha autoridad, esta vez para solicitarle que le diga el costo de su solicitud. Nunca se precisa el monto, lo cual indicaba una negativa a brindar la información solicitada. Posteriormente, Cáceres interpuso una demanda de hábeas data contra la UNSA ante el TC, la cual fue declarada fundada el 2004. Aquí la sentencia completa del TC.
Lo importante de este caso son los fundamentos 12 y 13 que el TC emplea a favor de la demanda de hábeas data donde hace referencia a la muy mentada "autonomía universitaria" (los resaltados son nuestros):

12. Así, el artículo I del Título Preliminar de la Ley N.° 27444, del Procedimiento Administrativo General, señala que para los fines de la presente ley, y también para la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y por ende, para el artículo 2°, inciso 5, de la Constitución, “(...) se entenderá por ‘entidad’ o ‘entidades’ de la Administración Pública a: (...) 6. Los Organismos a los que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía”.

14. Consecuentemente, al habérsele otorgado autonomía a la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa, debe reputarse a ésta como una entidad de carácter público responsable de brindar la información exigida constitucionalmente y, por tanto, pasible de ser demandada en un proceso de hábeas data. Por tanto, al haberse verificado que la referida entidad pública se niega a otorgar información de carácter público, debe declararse fundada la demanda y ordenarse al demandado que entregue la información solicitada por la recurrente, para lo que, previamente, debe determinarse el valor de su costo.
Cabe mencionar en este caso que Mabel Cáceres es directora de El Búho de Arequipa y actualmente tiene una orden de captura debido al proceso judicial por el presunto delito de difamación contra una autoridad de la UNSA. Percy Chocano, director de la Escuela de Post Grado de la Universidad San Agustín (UNSA) de Arequipa, fue denunciado en una investigación periodística por cobrar irregularmente varios sueldos del Estado. Aquí más detalles.
De este modo, tenemos una intervención de la Defensoría del Pueblo y una sentencia del TC que pueden servir para promover la transparencia en San Marcos. Asimismo, podemos observar una periodista comprometida con la promoción de la transparencia y la lucha contra la corrupción. No estamos solos.

6 comentarios:

Unknown dijo...

El pimer antecedente es la decición de la comunidad sanmarquina (no importa cuantos) por querer procesos transperentes en nuestra querida casa de estudios.

pd: no hagas tanto cherry a la denfensoría.

Anónimo dijo...

Felicito su actitud, en un estilo periodístico, que propone develar qué se ha hecho, qué se hace y qué es lo que se debe hacer para acceder a la información legítimamente pública. Pienso que así, de a pocos pero firmemente, la ley de Transparencia pública dejará de ser un mero saludo a la bandera, no sólo por el desacato de las autoridades, sino por la ignorancia de quienes deseamos saber cómo se administra instituciones que existen gracias a nuestros impuestos. No sé porqué uno de sus comentaristas habla de “cherry” hacia la Defensoría. Me pregunto por qué cuando se dan datos en donde se muestra qué institución están haciendo su trabajo, seguro con limitaciones y fallas, pero actitudes proactivas al final de cuentas, siempre hay alguien que le molestara que se dé el nombre real a las cosas por su nombre. ¿Acaso no es preferible para fines orientativos e informativos decir “hay una institución –que no puedo decir su nombre porque me estará acusando de hacerle cherry - que hizo esto o decir qué institución está velando por el cumplimiento de tal o cual norma? Menos mezquindad, por favor.

out dijo...

Estimado Carlos
Creo que confundes "antecedes" con "iniciación".
Lo primero nos refiere a experiencias no necesariamente efectuadas en nuestra universidad sino en otras que pueden servir como puntos de apoyo para hacer lo mismo en San Marcos, siempre cuando se animen los mismos estudiantes.
Lo segundo, como digo, depende de los primeros interesados (en teoría): los estudiantes; y consiste en experiencias verdaderamente lideradas por estudiantes: ellos mismos deciden sus tiempos, su discurso, sus acciones y aliados, es decir, en libertad.

out dijo...

Anónimo:
La aplicación de la ley de transparencia en San Marcos representa todo un reto, sobre todo porque no estamos frente a un problema estrictamente normativo sino político y cultural. Sin hablar de los intereses subalternos que perforan todo intento de buena gestión.
Sobre lo de “cherry”, concuerdo con sus apreciaciones.
Defensoría del Pueblo es una institución que como usted señala no es perfecta (¿qué institución lo es?) pero que trabaja a favor de la promoción de la transparencia en todo el aparato estatal, y por ende, en las universidades públicas. Eso debe ser reconocido y difundido.

Erick García dijo...

Franklin la transparencia aburre mejor entrevista a los que tomaron el rectorado la semana pasado y arma un debate sobre la violencia como medio de hacer respetar nuestros derechos en las universidades públicas como la san marcos... ese rollo de que a la uni solo venimos a estudiar es sólo un mito o que!!!!
Otra vez, la transparencia aburre!!!!

out dijo...

Erick
Gracias por el consejo, lo tomaré en cuenta.
pero dime ¿por qué te aburre la transparencia?
Nos vemos